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AragónLa devolución del impuesto del gasóleo afecta a 8.000 vehículos profesionales
Redacción (NJ) (Feb 14, 2007) Aragón
Las empresas y profesionales del transporte que operan desde Zaragoza pueden, desde el pasado 1 de enero, desgravarse una parte del impuesto sobre hidrocarburos por su actividad profesional. La Cámara de Comercio e Industria de Zaragoza y la Federación de Empresas de Transporte de Mercancías de Zaragoza (Fetraz) organizan esta tarde una jornada (18.30 horas, Salón de Plenos) para explicar cómo realizar la solicitud de devolución de esta tasa, una medida que afecta a cerca de 8.000 vehículos.

La Ley de Medidas para la Prevención del Fraude, que modifica la Ley de Impuestos Especiales, reconoce el derecho a la devolución parcial del impuesto sobre hidrocarburos por consumo de gasóleo profesional. Esta norma afecta en Zaragoza a más de 5.000 vehículos de transporte de mercancías (camiones), 1.200 autobuses y 1.700 taxis registrados.

No todos los medios de automoción pueden acogerse al procedimiento de devolución del gasóleo profesional. La normativa establece que podrán solicitar la desgravación los vehículos destinados exclusivamente al transporte de mercancías por carretera (por cuenta ajena o propia) y con un peso máximo autorizado igual o superior a 7,5 toneladas, los medios de transporte de pasajeros (autobuses) regulares u ocasionales y los taxis.

¿Qué tienen que hacer los transportistas para obtener la devolución? En primer lugar deben inscribirse en el censo de beneficiarios de gasóleo profesional, y en las estaciones de servicio deben abonar el coste del combustible con la ‘tarjeta gasóleo profesional’. Si se recarga en instalaciones propias, las empresas también tienen derecho a devolución siempre que el titular esté inscrito en el censo de beneficiarios de gasóleo profesional.

La Oficina Gestora de los Impuestos Especiales de la Agencia Tributaria es la encargada de efectuar las devoluciones. Tanto las inscripciones de los beneficiarios como de los vehículos se pueden realizar a través de la web de la Agencia Tributaria (www.aeat.es).

  
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