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El Justicia: el plan fluvial de Cataluña se extralimita en sus competencias Agencia EFE (Mar 26, 2011) Aragón |
El Justicia de Aragón, Fernando García Vicente, considera que el Plan de Gestión del Distrito de Cuenca Fluvial de Cataluña aprobado por la Generalitat adolece de "graves" defectos que vician de nulidad el documento y se "extralimita" en sus competencias al incluir recursos de la cuenca del Ebro.
Así lo asegura el responsable institucional, en un comunicado en el que informa de la elaboración de un informe por parte de su servicio jurídico para apoyar el recurso judicial interpuesto por el Gobierno aragonés contra el plan hídrico catalán por defectos tanto formales como de fondo.
Con su informe, el Justicia se suma a las declaraciones hechas el jueves por los representantes aragoneses en el Consejo Nacional del Agua con motivo de la votación y aprobación del referido plan fluvial propuesto por el Ejecutivo catalán.
García Vicente detecta la omisión de hasta tres trámites administrativos cuya carencia "vicia de nulidad" el documento, entre ellos la elaboración de un informe previo del Consejo Nacional del Agua, hecho que, según el Justicia, "se ha intentado corregir con la votación tardía efectuada el jueves".
También constata la falta de un informe del Instituto del Agua de Aragón y, por último, la aprobación del plan fluvial por el Gobierno central.
En cuanto al contenido del documento hidrológico catalán, el Justicia considera que se "extralimita" en sus competencias al atribuir de forma unilateral a las cuencas internas de Cataluña tres masas de agua subterránea que son compartidas con la demarcación hidrográfica del Ebro.
También critica la incorporación como recursos propios de la cabecera de la cuenca del río Ciurana y de las aportaciones realizadas por el Consorcio de Aguas de Tarragona a pesar de pertenecer en ambos casos a la demarcación hidrográfica del Ebro.
Considera, en definitiva, no ajustada a derecho la inclusión en el plan fluvial de actuaciones en materia de agua "que superan los límites territoriales de la demarcación hidrográfica de las cuencas internas de Cataluña".
Para García Vicente, "los defectos detectados son graves y justifican el recurso de dicha norma en la consideración que la planificación hidrológica de España ha de hacerse de manera coordinada entre las administraciones hidráulicas implicadas con el fin de garantizar la adecuación de los planes de cuenca al Plan Hidrológico Nacional". |
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