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AragónLos ciclomotores de dos ruedas deberán pasar la ITV de forma obligatoria
Redacción (NJ) (Sep 21, 2006) Aragón
El Boletín Oficial de Aragón publica la Orden de 11 de septiembre de 2006 del Departamento de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno de Aragón por la que se determina la fecha de entrada en vigor de la obligatoriedad de la inspección técnica periódica de los ciclomotores de dos ruedas.

La inspección técnica de vehículos se regula por el Real Decreto 2042/1994, de 14 de octubre. Este Real Decreto fue modificado por el Real Decreto 711/2006, de 9 de junio, que introduce la obligatoriedad de realizar la inspección técnica periódica a los ciclomotores y cuadriciclos ligeros -hasta ahora exentos- a partir del 21 de septiembre de 2006.

Los recorridos de los ciclomotores de dos ruedas se limitan normalmente al municipio. Además, su desplazamiento a las estaciones de ITV puede verse afectado por restricciones a la circulación, ya que tienen el tránsito prohibido por determinadas vías y por su propia construcción desarrollan prestaciones limitadas. Por ello se ha visto la conveniencia de habilitar unidades móviles de inspección que se desplacen a los núcleos urbanos donde no existan estaciones de ITV, una fórmula que evitaría los movimientos de estos vehículos por carretera.

Para poder preparar las infraestructuras adecuadas, el citado Real Decreto 711/2006 establece que las comunidades autónomas pueden determinar la fecha de entrada en vigor de la obligatoriedad de la inspección técnica periódica únicamente para los ciclomotores de dos ruedas y hasta un máximo de tres años desde la publicación de la norma. También se establecen plazos de inspección en función de la matrícula para que las revisiones puedan hacerse de forma gradual.

La inspección técnica de los ciclomotores, vehículos muy numerosos en nuestro país, contribuirá a incrementar la seguridad vial, algo beneficioso tanto para quienes los conducen como para el resto de usuarios de la vía.

  
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